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Cómo funcionan las listas de contratación o bolsas de trabajo del Servicio de Salud de las Islas Baleares (IB-SALUT)

01/03/23

ACTUALIZADO:01/03/2023

En el Servicio de Salud de las Islas Baleares los procedimientos de selección de personal estatutario temporal se regulan mediante la creación de bolsas únicas de trabajo para cada categoría y especialidad.

Asimismo, la norma que rige dichas bolsas únicas es el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de junio de 2022 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de mayo de 2022 por el que se regulan los procedimientos de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud por medio de la creación de bolsas únicas de trabajo para cada categoría y especialidad, (BOIB de 21 de junio de 2022), cuyo contenido presentamos a continuación de forma resumida:


0. Características de las bolsas únicas

  • A través de este acuerdo se crearán bolsas única de trabajo para cada categoría y, dentro de cada bolsa, puede haber especialidades.
  • Cada bolsa de trabajo ha de incorporar un ámbito territorial y un ámbito funcional de gestión.
  • Las bolsas de trabajo también introducen la opción de escoger la modalidad de nombramiento temporal
  • El sistema selectivo de las bolsas de trabajo es, como norma general, el concurso de méritos
  • La bolsa de trabajo general del personal estatutario temporal del Servicio de Salud ha de estar permanentemente abierta para poder incluir nuevos aspirantes y aportar nuevos méritos.
  • Las bolsas de trabajo se actualizarán periódicamente por medio de un sistema de cortes a fin de disponer de listas de aspirantes actualizadas
  • Los aspirantes pueden modificar sus datos personales en cualquier momento
  • La gestión de la bolsa es centralizada, si bien, con carácter general, están descentralizadas las actividades necesarias para hacer los llamamientos para cubrir los nombramientos temporales
  • El personal estatutario temporal está sujeto al periodo de prueba que para cada grupo de clasificación establece el artículo 33.2 de la Ley 55/2003
  • Las bolsas de trabajo pueden incluir reglas especiales de funcionamiento cuando se trate de nombramientos temporales en unidades de características específicas (Geriatría, Hemodiálisis, etc)
  • Para ser incluido en una bolsa los aspirantes deben cumplir unos requisitos (punto 9 del acuerdo), los cuales deben cumplirse en la fecha en que el aspirante presente telemáticamente la solicitud para participar en el proceso selectivo y deben mantenerse a lo largo de todo el proceso selectivo y en el momento de cada nombramiento
  • Se reserva un cupo del 7 % de los nombramientos que se oferten en cada categoría para personas con alguna discapacidad de un grado igual o superior al 33 %,

 

1. Convocatoria de las bolsas de trabajo
La creación de las bolsas de trabajo de cada una de las categorías profesionales y especialidades del Servicio de Salud debe hacerse por medio de una convocatoria publicada en una resolución del director general del Servicio de Salud

 

2. Inscripciones de los aspirantes
Los interesados deben cursar telemáticamente una inscripción para cada bolsa de trabajo (Web del IB-SALUD), en las categorías y especialidades que deseen

En cuanto a sus preferencias, deben seleccionar:

  • El ámbito territorial (Servicios Centrales y/o gerencias territoriales)
  • El sector sanitario y, si lo desean, una unidad específica.
  • El nivel asistencial (atención primaria o atención hospitalaria)
  • La modalidad del nombramiento entre las previstas en el punto 18.
  • Igualmente pueden optar entre un nombramiento temporal a jornada completa o a jornada parcial.

Importante: los títulos y los méritos aportados que se hayan expedido en una lengua diferente a cualquiera de las oficiales de las Islas Baleares tienen que estar traducidos convenientemente por un organismo oficial competente.

 

3. Se bareman los méritos presentados por los aspirantes
Los baremos deben respetar la estructura y el peso de los bloques indicados en el anexo I de este Acuerdo, los cuales deben ser negociados previamente con las organizaciones sindicales:


4. Se publica la lista provisional de admitidos y excluidos
El aspirante debe comprobar ,en la Web del candidato, el estado de los méritos registrados previamente (aceptados, pendientes o no aceptados).

En los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la lista, el aspirante puede presentar alegaciones ante la Unidad de Bolsa Única por cualquiera de las vías que prevé la normativa vigente.

Importante: no se tendrán en cuenta las alegaciones que aporten documentación acreditativa de méritos o requisitos no presentados en el período establecido en la convocatoria.
 

5. Se publica la lista definitiva de admitidos y excluidos
Se publicarán estos listados:

  • La lista definitiva de excluidos: se indicarán las causas de exclusión.
  • La lista definitiva de admitidos: informando de los plazos, forma y lugar donde presentar la documentación

Dicha listas están sujetas a la acreditación posterior de los requisitos exigidos por este acuerdo.

Con la publicación de los listados definitivos se entenderán contestadas las alegaciones presentadas contra la lista provisional.

Importante: contra las puntuaciones de dicha lista no cabe presentar alegaciones ni interponer recurso alguno.
 

6. Periodos de valoración y actualización de méritos
En los términos que la convocatoria establezca, por medio del web del Servicio de Salud se requerirá a los aspirantes de cada una de las convocatorias concretas que presenten la documentación que acredita que cumplen los requisitos y los méritos alegados.

Con el fin de disponer de una base de datos actualizada de la bolsa de trabajo, siempre que sea posible se hará como mínimo un corte anual para incluir nuevos aspirantes y actualizar los méritos.

 

7. Aportación de la documentación
Como norma general, en la convocatoria inicial de la categoría se valorarán los méritos de todos los aspirantes. No obstante, en función de las necesidades previsibles de contratación de cada categoría se podrá determinar una valoración parcial, habiendo informado de ello previamente a la Comisión de Seguimiento.

 

8. Se publica la lista de puntuaciones provisionales
Teniendo en cuenta la documentación presentada y cuando se haya comprobado que se cumplen los requisitos y se han acreditado los méritos alegados, el director general del Servicio de Salud dictará una resolución que se publicará en el web del Servicio de Salud para aprobar la lista provisional de puntuaciones de los méritos de los aspirantes y una lista definitiva de los excluidos por no acreditar los requisitos

En la lista provisional se indicará la puntuación total obtenida por cada aspirante. No obstante, cada aspirante podrá ver el detalle de la puntuación en la Web del Candidato.

Los interesados pueden presentar alegaciones a dicha resolución en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación

 

9. Se publica la lista de puntuaciones definitivas
Finalmente, el director general del Servicio de Salud dictará una resolución para publicar la lista definitiva de puntuaciones (o la vuelta de aspirantes a la lista remanente), con la que se darán por contestadas las alegaciones presentadas a la lista provisional.

 

Enlaces de interés:

  • Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de junio de 2022 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de mayo de 2022 (clic AQUÍ)


 

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